Derechos de nueva esposa
Estimado usuario, si su mamá era propietaria del inmueble donde viven, al fallecer ella tienen derecho a ser declarados herederos de ella, su papá, sus hermanos y usted. Por disposición del artículo 1207 del Código Civil, su papá podría tener derecho a la cuarta conyugal.
Somos cuatro hermanos todos mayores de edad, nacidos dentro del matrimonio civil y religioso entres nuestros padres, nuestra mamá ya falleció, queremos saber si al contraer matrimonio o unión de hecho nuestro papá, su nueva esposa o compañera adquiere por la ley algún derecho sobre la vivienda en que vivimos mis hermanos y yo. A mi entender es un bien logrado como familia entre mi papá y mi difunta mamá, del cual creo que tenemos derecho sobre este patrimonio única y exclusivamente nosotros como hijos de la primera unión; quisiera nos pueda dar una visión legal sobre el tema. Gracias por su atención.
Respuesta:
Estimado usuario, si su mamá era propietaria del inmueble donde viven, al fallecer ella tienen derecho a ser declarados herederos de ella, su papá, sus hermanos y usted. Por disposición del artículo 1207 del Código Civil, su papá podría tener derecho a la cuarta conyugal. Es decir, sus hermanos, usted y su papá serán los nuevos propietarios de la casa. Por consiguiente, solamente si su papá se vuelve a casar su nueva esposa podría llegar a tener derecho sobre los bienes de su papá (la casa por ejemplo). Por el contrario, si solamente establece una unión de hecho, por ahora, la nueva compañera no tendría derecho sobre los bienes de su papá. Por ahora lo que deben hacer todos es tramitar un juicio que se llama Declaratoria de Herederos, para que puedan convertirse en herederos de los bienes de su difunta madre. Licenciado Mario Ricardo García, del bufete jurídico de la Universidad Centroamericana.
No me dejan ver a mi hija
Señores del Bufete UCA, yo estuve con mi pareja durante siete años, procreamos una linda bebé, pero por motivos ajenos tuvimos problemas y ella me corrió de la casa. Ella me acusó de violencia intrafamiliar y puso denuncia en la Policía hace un mes, pero no siguió el caso y me dijo que llegáramos a una mediación, pero por motivos de dinero me quedé sin trabajo y no pude pagar un abogado y todo ha quedado así. Yo he apoyado todo el tiempo a mi hija, pero quiero verla y ella me niega verla. No sé qué puedo hacer, necesito que me apoyen, porque sé que cuando su mamá no está a mi hija la maltratan.
Respuesta:
Estimado usuario, usted puede intentar un juicio para regular la relación entre madre, padre e hijos, para que el Juez de familia, que es una autoridad especializada, que cuenta con un equipo interdisciplinario (trabajadora social y psicóloga), pueda regular mediante un horario que usted puede pedirle las visitas, encuentros o momentos de intercambio y esparcimiento entre usted y su hija, también usted tiene a su alcance la mediación, que es un método alterno de resolución de conflictos mediante el cual puede platicar con la madre de su hija para tratar de resolver el conflicto mediante el diálogo. Lo invito a que visite el Bufete UCA para ampliarle los mecanismos que tiene usted a su alcance para ejercitar el derecho de relacionarse con su menor hija. Con respecto al maltrato usted puede informar de esta situación en el Ministerio de la Familia y, en caso de gravedad, podría interponer la denuncia en la Fiscalía, que en Managua está situada contiguo al Hotel Seminole. Licenciado Mario Ricardo García.
Ver en la versión impresa las páginas: 13